Factura electrónica obligatoria
Todo lo que debes saber para cumplir la normativa entre empresas (B2B): qué es, a quién afecta, plazos y cómo adaptarte.
Contenido verificado con AEAT y BOE · Actualizado en 2026- La factura electrónica será obligatoria entre empresas y autónomos (B2B); a particulares (B2C) no.
- Reglamento aprobado (RD 238/2026); la fecha de inicio depende de una Orden Ministerial pendiente (12/24 meses después).
- Adiós a facturar en Word, Excel o PDF entre empresas: hará falta formato estructurado.
- Sanciones de hasta 10.000 €. DistribERP te prepara para cumplir.
¿Qué es la factura electrónica obligatoria?
Es la obligación de emitir y recibir las facturas entre empresas y profesionales en un formato electrónico estructurado —datos que los programas leen automáticamente—, no un PDF ni un documento escaneado.
Se intercambia por plataformas privadas o por la solución pública gratuita de la Agencia Tributaria (AEAT), y obliga a comunicar los estados de la factura (aceptada, rechazada, pagada), lo que combate la morosidad. Nace de la Ley 18/2022 (Crea y Crece) y se desarrolla en el Real Decreto 238/2026.
¿Qué cambia con la nueva factura electrónica?
| Antes | Con la nueva factura electrónica (B2B) |
|---|---|
| Factura en papel o PDF por email | Formato estructurado (Facturae, UBL, EDIFACT o CII · EN16931) |
| Sin control del estado del cobro | Comunicar estados (aceptación, pago…) en máx. 4 días |
| Envío libre (email, mano…) | Intercambio por plataforma privada o solución pública AEAT |
| Numeración simple | Identificador único: NIF + nº/serie + fecha |
¿Será el fin de las facturas en Word, Excel o PDF?
En las operaciones entre empresas y autónomos (B2B), sí. Word, Excel y PDF no son formatos estructurados, así que dejarán de valer para facturar a otras empresas. En las ventas a particulares (B2C) seguirán siendo válidos.
| Formato | Facturar a empresas / autónomos (B2B) | Facturar a particulares (B2C) |
|---|---|---|
| DOCWord | ✗ | ✓ |
| XLSExcel | ✗ | ✓ |
| PDFPDF | ✗ | ✓ |
| EDIDatos estructurados | ✓ | ✓ |
¿A quién afecta y a quién no?
✔ Sí afecta
- Empresarios y profesionales establecidos en España…
- …cuando el destinatario también es empresa o autónomo (B2B).
- El criterio es el destinatario.
✘ No afecta
- Ventas a particulares (B2C).
- Facturas simplificadas ("tickets"): por ahora fuera.
Plazos y fechas clave
- 31 de marzo de 2026Publicación del reglamento (RD 238/2026) en el BOE.
- Abril de 2026Entrada en vigor del reglamento (20 días tras publicarse).
- Pendiente (en 2026)Orden Ministerial de aplicación: fijará el "día 0" y los requisitos técnicos.
- +12 meses desde la OrdenObligatorio para empresas con facturación > 8 millones de euros.
- +24 meses desde la OrdenObligatorio para el resto de empresas y autónomos.
Qué debe incluir tu programa de facturación
Beneficios (para autónomos y pymes)
Los retos de la adaptación
Sanciones por incumplir
El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Esto es lo que puedes arriesgar si no te adaptas a tiempo:
Cómo cumplir con 
DistribERP, el ERP de PCCOM especializado en distribución de alimentación y bebidas, integra la emisión y recepción de factura electrónica y el intercambio EDI del sector, con los formatos estructurados, el identificador único y los estados de factura que exige la normativa.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo será obligatoria la factura electrónica entre empresas?
¿Un PDF cuenta como factura electrónica?
¿Tengo que emitir factura electrónica a mis clientes particulares?
¿Qué son los "estados de factura"?
¿Es lo mismo que VeriFactu?
¿Hay una herramienta gratuita para cumplir?
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Contenido revisado en 2026. Contenido informativo, no asesoramiento fiscal. Fuentes oficiales: AEAT (noticia de facturación electrónica obligatoria, 31/03/2026) y BOE (Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, BOE-A-2026-7295; Ley 18/2022).
